lunes, 7 de diciembre de 2009

Aminattou Haidar

Reproduzco el artículo de hoy en el periódico El país en el que José María Ridao explica claramente qué está ocurriendo con Aminattou Haidar:
JOSÉ MARÍA RIDAO Tensión entre España y Marruecos
Haidar, en términos exactos
La fisura abierta en las relaciones entre España y Marruecos por la situación de Aminetu Haidar parece condenada a seguir creciendo, con el agravante de que, entre tanto, empiezan a aflorar los viejos fantasmas que regularmente pugnan por entorpecerlas. Poco a poco, las declaraciones a uno y otro lado del Estrecho van trasluciendo las viejas invectivas sobre la soberbia de los españoles o el carácter traicionero de los marroquíes. Además, por descontado, de empezar la exhibición de la respectiva lista de agravios, desde el Sáhara a Perejil, pasando por Ceuta, Melilla y el inabarcable número de roces que inevitablemente se produce entre países que comparten frontera. Esta insensata pendiente debería cesar de inmediato, no sólo porque el deterioro de las relaciones entre España y Marruecos puede resultar desastroso para los intereses compartidos, entre ellos, los de seguridad, sino también porque se complicaría la urgente solución de un contencioso que podría acabar costándole la vida a la activista de derechos humanos saharaui.
Marruecos adoptó una decisión intolerable contra Haidar, como fue retirarle el pasaporte y forzar, de hecho, su deportación y puede que su exilio por haber escrito "Sáhara Occidental" en la casilla correspondiente a la nacionalidad de un formulario administrativo de frontera. No es sólo que el castigo impuesto a Haidar no guarde proporción alguna con su acción; es que para que exista un castigo tiene que existir previamente una norma que lo establezca. Pero, además, se da la circunstancia de que, aun en el supuesto de que el ordenamiento marroquí incluyera semejante norma, el castigo impuesto a Haidar sería contrario a un derecho humano básico, como es el derecho a la nacionalidad y a regresar al propio país. Poco importa, a estos efectos, que Haidar no se considere marroquí y estime que su país no es Marruecos. La Declaración de Derechos Humanos no establece una obligación para los sentimientos de Haidar, sino para las acciones de Marruecos, mucho más desde que éste considera que el Sáhara Occidental pertenece a su territorio.
Pero, junto a la decisión intolerable de Marruecos, existen graves incógnitas sobre la respuesta del Gobierno español. Haidar fue rechazada en el aeropuerto de El Aaiún, despojada de su pasaporte e introducida en un avión español. Según las informaciones publicadas, el piloto solicitó autorización para embarcar a una pasajera sin documentación y alguien se la concedió. Es difícil suponer que fuera la propia compañía, no sólo porque hubiera ido contra la normativa internacional bajo su propia responsabilidad, sino también porque, una vez en Lanzarote, la policía franqueó el paso a Haidar aunque, siempre según informaciones de prensa, carecía de documentos. Es preciso saber si, en efecto, Haidar llegó o no documentada y quién, cómo y por qué autorizó su entrada en territorio español en el caso de que no lo estuviera. De esos datos depende, ni más ni menos, la responsabilidad del Gobierno español en este caso; en concreto, la responsabilidad de haber colaborado voluntaria o involuntariamente con el Gobierno marroquí en la ejecución de un castigo arbitrario y contrario a los Derechos Humanos como es la deportación y puede que el exilio de una persona. Aparte de la condena que merecería en el caso de que estos extremos se confirmaran, en el error, o algo más que el error, lleva la penitencia: es él quien está pagando las consecuencias de un atropello cometido por Marruecos.
Lo peor que puede hacer España para encontrar una salida es echarse en brazos de soluciones imaginativas, por no decir de argucias de corto alcance como la que, al parecer, se intentó el viernes pasado, cuando hubo que abortar en plena pista un vuelo especial rumbo a El Aaiún en el que ya había embarcado Haidar. Es tanto como sumar al error la vergüenza de ser descubiertos haciendo trampas. No se trata de encontrar una manera ingeniosa para devolver a Haidar a El Aaiún como si fuera una patata caliente; se trata de plantear el problema en sus términos exactos. Y los términos exactos son que, al margen del error, por llamarlo de este modo, que se pudo cometer al colaborar directa o indirectamente en la expulsión de Haidar, y que exige una inmediata clarificación por parte del Gobierno español, el Gobierno marroquí no puede en ningún caso actuar como lo ha hecho contra esta saharaui. Mientras no se le haga llegar a Rabat este reproche y esta condena, tanto bilateralmente como en los foros internacionales que sea preciso, todas cuantas medidas humanitarias adopte el Gobierno español en favor de Haidar sólo serán formas adicionales de complicidad con una deportación y puede que un exilio. Algo inconcebible para un Gobierno que, según dice, pretende comportarse internacionalmente de acuerdo con principios y valores.

domingo, 6 de diciembre de 2009

Vergüenza: ¿Van a dejar que Aminattou Haidar muera? ¿No van a hacer nada para evitarlo?

¿Qué está pasando aquí? Que el gobierno marroquí quiere humillar a Aminattou Haidar es evidente, que no le importa lo que le pase, también. Pero que el Ministerio de Asuntos Exteriores acepte el juego sucio de Marruecos ya es una barbaridad porque estamos hablando de la vida de una mujer, ¡vamos a dejarnos de historias! El juego del ratón y el gato, las mentiras con objeto de romper la huelga de hambre y/o desestabilizar la posición de Aminattou Haidar son, como poco, crueles.
Hoy mismo ella lo ha dicho muy claro en el aeropuerto de Lanzarote: "Marruecos y el gobierno español me están empujando a la muerte".
El viernes pasado el Ministerio de Asuntos Exteriores español disponía del "permiso administrativo" de Marruecos para que Haidar pudiera volar hasta El Aaiún, una autorización sobre la que posteriormente hubo una "contraorden" que impidió su salida del aeropuerto de Lanzarote. La de ayer fue la tercera negativa del reino alauí al regreso de Haidar, después de que el viernes 4 de dciembre se suspendiera su viaje en el último momento y, ya por la noche, las autoridades de aquel país volvieran a rechazar el plan de vuelo del avión fletado por el Ejecutivo español para facilitar su regreso.
Aminattou Haidar es una mujer saharaui de 39 años con dos hijos cuyo currículo está marcado por una lucha constante a pesar de haber sufrido varios secuestros y amenazas del gobierno marroquí. Haidar reside en la ciudad ocupada de El Aaiún y fue allí, en el año 1987, cuando se sumó a la trágica lista de saharauis víctimas de los abusos policiales y a la vez al grupo de saharauis que luchan pacíficamente por tener un lugar en el mundo.
Su delito: participar en manifestaciones por la autodeterminación de su pueblo:
“Con 20 años sufrí el peor de los crímenes –relata ella misma–. Me raptaron por la noche de la casa de mis padres y estuve 3 años y varios meses retenida en una mazmorra, en un lugar del que nadie tenía conocimiento”.
Aminattou Haidar fue detenida el pasado 13 de noviembre por la gendarmería marroquí cuando llegaba a El Aaiún en un vuelo procedente de Gran Canaria, tras haber recogido un premio en Estados Unidos, y al día siguiente fue devuelta a España en un vuelo que aterrizó en Lanzarote. A las 00.00 horas del día 16 de noviembre inició la huelga de hambre para conseguir volver a la capital del Sahara Occidental. Hoy (¡día de La Constitución Española!) continúa en huelga de hambre sin que Marruecos y España resuelvan el desatino cruel al que la están sometiendo.
Lo siento, no lo entiendo.

viernes, 4 de diciembre de 2009

Modelo de sentencia española: Caperucita y los lobos

Me envían la sentencia que se ha publicado en el BOE del caso de Caperucita y el Lobo que, por fin, ha sido juzgado por la Jurisdicción española.
Dice así:

Visto y considerando los acontecimientos por todos conocidos :
1) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo.
2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo calmara su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos.
4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y hay evidencias claras que primero conversa con ella.
5) Que es Caperucita quien voluntariamente le da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita.
6) Que la anciana no es imputable ya que confunde a su nieta con el Lobo..
7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que se tipificaría como abandono de persona anciana por parte de la joven Caperucita.
9) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo:
«¿Adónde vas?» Responde: «A bañarme desnuda en el río...», cobra cada día más fuerza.
10) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que provoca los más bajos instintos brutales y depredadores, en la pobre fiera.
14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la conducta de la susodicha Caperucita
15) Que merece un párrafo aparte la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija conociendo los peligrosos del bosque

Por todo lo antes dicho, se absuelve al Señor Lobo y se dispone además:
1.- Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela que se presente en el hospital que se designe, para su observación gerontológica.
2.- A la madre, apercibirla para que cumpla correctamente con sus deberes paterno-filiales.
3.- A Caperucita:
Trabajo comunitario en el zoológico local para conocer plenamente la naturaleza y el instinto animal.
Indemnizará al Sr.Lobo a razón de 100 € diarios y a de prepararle todas las tardes la merienda durante un año.
Pagar las costas del proceso.
Aclarar asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del señor Lobo.

Publíquese, archívese, y téngase por firme el presente fallo.

martes, 1 de diciembre de 2009

Violencia, adolescencia, minoría de edad...


Me llega un correo con la noticia de que la Audiencia de Cantabria no ve violencia de género entre adolescentes.
La noticia es que hace diez días se absolvió a un joven que amenazó y persiguió a su ex novia porque no creía que tuvieran proyecto de futuro
La Audiencia de Cantabria considera que un "enamoramiento propio de adolescentes", sin proyecto de futuro, no puede equipararse a la relación de pareja que exige el Código Penal. La sección tercera de la Audiencia ha confirmado así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, que condenaba a un tal J.M.G.L. a pagar una multa de 60 euros por una falta de amenazas y coacciones de carácter leve y le prohibía acercarse a la chica, menor de edad, durante seis meses, pero le absolvía del delito de violencia de género que también se le imputaba.

En esa sentencia se relata que, con el fin de reanudar su relación, el joven trató de presionar a la chica de diversas formas: llamándola insistentemente a diario a su teléfono móvil, presentándose en el centro donde estudiaba dibujo, dando gritos y golpes en la puerta, y llamando a sus amigos y conocidos en tono intimidatorio. Además se acercó a las inmediaciones del domicilio de la chica, por donde sabía que paseaba a su perro, la abordó, diciéndole a gritos que "se iba a enterar" y que "con quien había estado" y le arrebató el móvil. Como no atendió a sus requerimientos, llegó a tirarse por el suelo y a arrastrarse por la calzada.

La acusación particular recurrió el fallo del Juzgado de lo Penal número 2 al considerar que el joven había cometido un delito de violencia de género, pero la Audiencia desestima ese recurso con el argumento de que la relación que mantenía con la chica, aunque haya durado dos años, no puede ser calificada como de pareja en los términos que recoge el artículo 172 del Código Penal. Así, recuerda que ese artículo se refiere a quienes de modo leve coaccionen "a quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia". Para el tribunal, la relación de noviazgo tendría cabida en ese contexto si existiera la finalidad de constituir una pareja estable, una finalidad que puede presumirse en las relaciones de este tipo entre personas mayores de edad que estudien o trabajen pero que es «menos evidente» entre menores que están todavía en fase escolar, en colegios o institutos, y que carecen de otros medios económicos que los que les proporcionan sus padres o tutores, con los que además conviven. Argumenta que en este caso se trata de una menor de edad que tenía trece años cuando empezó la relación y "de un muchacho que tiene ahora dieciocho" y añade que es "difícil imaginar" que, con el grado de madurez que se les supone, "se pueda tener una relación de pareja con idea de proyecto común y compartido". Lo que había entre ambos, según estos expertos doctores y distribuidores de la Justicia, era la típica relación de enamoramiento que puede prolongarse más o menos en el tiempo, pero en la que no se puede predicar "que concurran las notas características de una pareja a los fines previstos en la norma", razona la magistrada ponente de la sentencia.

jueves, 26 de noviembre de 2009

Nagore Laffage, in memoriam

Después de casi un mes de ausencia de mi país, me encuentro con la noticia del horrible asesinato de Nagore Laffage, de 20 años, y el reprobable veredicto de un jurado popular en un juicio que parece haber juzgado con más crueldad a la asesinada. Un día después de la fecha emblemática del 25 de noviembre, ya institucionalizada como el día de la violencia de "género", no veo el modo de evitar señalar este caso repugnante de violencia contra una mujer, y también que SEIS mujeres MENORES DE CUARENTA AÑOS y tres hombres eran los componentes del jurado popular que ha considerado que el asesino de Nagore Laffage no era un asesino; que el individuo José Diego Yllanes (que no se nos olvide nunca este nombre, que no se nos olvide), un psiquiatra de 27 años que trabajaba en el mismo lugar donde Nagore hacía sus prácticas como estudiante de Enfermería, un sujeto que la golpeó salvajemente y después la estranguló con una sola mano, no es un asesino. No es un asesino, no, ha sentenciado el jurado (¡popular!), no tenía la intención de matar el que intentó trocear su cadáver, le cortó un dedo, introdujo su cuerpo en bolsas, limpió el piso donde había cometido la atrocidad, cogió el coche de su padre y arrojó el cuerpo de Nagore a un rincón cualquiera cerca de Pamplona.
No es un asesino para este jurado formado por una mayoría de mujeres, y ellas (y ellos, pero ¡y estas seis mujeres!) dieron crédito a la versión de este energúmeno que se amparaba en haber bebido cuatro chupitos y medio, como si el alcohol o cualquier tipo de sustancia pudiera atenuar el delito brutal de matar a un ser humano, como si no estuviera ahí, agazapada para saltar en cualquier momento como por desgracia se ha podido comprobar, la prepotencia que se cree en el derecho de hacer su voluntad.
No estando segura de la justicia de la Justicia, parece que los jurados populares son aún peores y conservadores. Parecía otra cosa pero no, ¡atención!, las mujeres que queremos ser libres y las que pretendemos tener la posibilidad de disfrutar del sexo sin miedo no las tenemos todavía todas con nosotras, el horror está entre nosotr@s. Todavía se puede sentar en el banquillo de los acusados ¡a la víctima!
Desde aquí mi más sentido pésame a la familia de Nagore y todo mi apoyo, yo también confiaba antes (¡qué ingenuidad!) en el jurado popular...